REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de enero de dos mil dieciocho (2018)
207º y 158º
Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior Contencioso Administrativo en fecha trece (13) de febrero de dos mil diecisiete (2017), bajo el Nº PJ0102017000022, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano MANUEL ENRIQUE ZAPATA (Cédula de Identidad Nº 12.324.294 e INPREABOGADO Nº 135.794), actuando en su nombre, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM), y vencido como se encuentra el lapso para que las partes ejercieran el recurso de apelación sin haberlo interpuesto, este Juzgado ordena remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a los fines del pronunciamiento respecto a la consulta de Ley.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000102
RADZ/GCMM/ngga