REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
San Juan de los Morros, 29 de Enero de 2018
207° y 158°
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2017-002597
ASUNTO : JP01-P-2017-002597
Vista y leída la solicitud del Abogado Defensor Luis Enrique Espinoza, inscrito en el instituto de Previsión social bajo el N° 160.268, ( que riela en el folio 164 y su vuelto de la pieza N° 3 del asunto penal ) , quien ocurre ante Tribunal en defensa del ciudadano Jhonmar Juan Carlos Delgado García, titular de la cédula de identidad N° 19.267.843, plenamente identificado en actas , en donde le Solicita este Tribunal le sean extendidas las presentaciones ante la Oficina del Alguacilazgo de su defendido de cada quince (15) días a Treinta (30) Días.
Este Tribunal para Decidir, hace una Revisión Previa del Asunto Penal:
Se hace constancia de 13 de Julio de 2017,( que se encuentra inserta desde el folio 149 al folio 152 de la pieza N° 3 del asunto penal), este Tribunal se pronunció de Oficio en relación a solicitud de la imputada Zenaida Coromoto Salazar González, a quien se Extendió las presentaciones Periódicas cada Treinta ( 30) días, Haciéndose Extensivas esta Decisión a todos los Imputados de la causa, es decir también abarca al ciudadano Jhonmar Juan Carlos Delgado García, titular de la cédula de identidad N° 19.267.843, quien desde el día 13 de Julio de 2017 podría presentarse cada Treinta ( 30) días ante la Oficina del Alguacilazgo, declarando IMPROCEDENTE la solicitud del Abogado Luis Enrique Espinoza, en razón de haber realizado el Tribunal Pronunciamiento. Y así Se Decide.
DISPOSITIVA
Se Declara Improcedente la Solicitud del Abogado Luis Enrique Espinoza, inscrito en el instituto de Previsión social bajo el N° 160.268, defensor del ciudadano Jhonmar Juan Carlos Delgado García, titular de la cédula de identidad N° 19.267.843, en razón de haberse pronunciado Favorablemente el Tribunal el día 13 de Julio de 2017 con respecto de su Defendido extendiendo de Quince (15) días a Treinta (30) Días. Notifíquese al Abogado y al imputado esta Decisión.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL SECRETARIA
Abog. Detman Mirabal Arismendi Abog. Robbi Veliz