REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 19 de Febrero de 2018.
207º y 158º
Visto el escrito presentad en esta misma fecha por el abogado Greiner Antonio Marín Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.103.887, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 99.787, actuando en su carácter de representante Judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI) mediante el cual expone: “…Vista la inactividad verificada en el caso de narras donde la actora deja transcurrir evidentemente mucho más de seis (06) meses de inactividad desde la fecha de su última actuación procesal, por lo cual conforme a las disposiciones legales y al criterio jurisprudencial rector en la novedosa materia contenciosa agraria y de conformidad a lo establecido en el artículo 182 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, declare la PERENCIÓN DE INSTANCIA del presente recurso.…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito al expediente con el cual se relaciona.
LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA.
EXPEDIETE Nº JSAG-450-2017.
YEMR/LP.