REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 20 de Febrero 2.018
207º Y 158º
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha del corriente año, por el profesional del derecho Edgar José Esqueda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.100.003, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 167.631, actuando en este acto como apoderado judicial de la ciudadana Carmen Adela Meléndez Graterol, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.164.783. Parte (apelante). Mediante la cual expone:
“…Por cuanto esta jurisdicente se pronuncio mediante acta de fecha dos(2) de febrero del corriente año declarando desierto el acto para la lectura de la decisión, con respecto al medio de gravamen que ejerciera esta, de acuerdo a lo descrito en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y vista a un computo erróneo donde se incluyó el diez a quo, causándole a mi poderdante y apelante una notoria situación de indefensión, es por lo que es este momento anuncio Recurso Extraordinario De Casación de conformidad con lo preceptuado en los artículos 233 y 235 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario…”

En consecuencia, este Juzgado Superior ordena agregar dicha diligencia a la presente causa.


LA JUEZ SUPERIOR,
ABG. YSABEL ESTRELLA MASABE



LA SECRETARIA TEMPORAL.
ABG. LITZY PADILLA.-

Exp Nº: JSAG-518/2018
YEM/LP/je.