REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de febrero de dos mil dieciocho (2018)
207º y 158º

Visto el escrito de fecha nueve (09) de febrero de dos mil dieciocho (2018), presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado por la abogada Osmarina ARIAS (INPREABOGADO Nº 275.797), en su carácter de representante judicial de la Procuraduría del estado Bolivariano de Guárico, mediante el cual informó que en fecha 20 de diciembre de 2017, los miembros del equipo técnico del proceso de ascensos ordinarios de la Policía del estado Bolivariano de Guárico, se reunieron, deliberaron, constataron y verificaron, que el querellante si reúne el perfil, requisitos y requerimientos para optar al rango superior inmediato, por lo que decidieron comisionar al Director de Recursos Humanos para que efectuara los trámites legales pertinentes para su debida subsanación, lo cual consta en original de Acta de Subsanación (de fecha 20-12-17), que se anexa junto con copia simple de oficio emitido por el mismo Cuerpo de Policía del estado Bolivariano de Guárico Nº 1321, dirigido al Vice Ministro del Sistema Integrado de Policía (VISOPOL), a fin de que se le reconozca y certifique lo ya expuesto, con antigüedad desde el mes de julio de 2017, cuya fecha de elaboración fue 21 de diciembre de 2017; este Tribunal, ordena notificar al querellante, a los fines de que exponga lo que a bien tenga que decir, para lo cual se le otorga un lapso de diez (10) días de despacho a partir que conste en autos su notificación. De no haber respuesta se entenderá que nada queda pendiente por resolver en el presente juicio y se declarará el decaimiento del objeto y se ordenará el cierre y archivo del expediente. Líbrese boleta.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-G-2017-000051
RADZ/GCMM/ngga