REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiséis (26) de febrero de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º

Visto que en fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil dieciocho (2018), la abogada Luisa Aimara LUQUE (INPREABOGADO Nº 61.456), en su carácter de Consultor Jurídico del Consejo Legislativo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, diligencia mediante la cual expuso: “…solicito muy respetuosamente, ciudadano Juez, se fije una nueva oportunidad para la evacuación de los testigos promovidos en el presente asunto, de conformidad con el artículo 483 en su tercer párrafo del Código de Procedimiento Civil, y se haga la respectiva notificación a la otra parte...”(Sic). Este Órgano Jurisdiccional, acuerda de conformidad con lo solicitado y en consecuencia fija para el día 27 de febrero de 2018, por ser el último día de despacho del lapso de evacuación de pruebas, la oportunidad, para que tenga lugar la evacuación de los testigos, a las nueve y treinta (09:30 a.m) antes meridiem.
El Juez,




Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,




Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JP41-G-2017-000042
RADZ/GCMM/ngga