REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de febrero de dos mil dieciocho (2018)
207º y 158º

Visto que en fecha seis (06) de febrero de dos mil dieciocho (2018) mediante acta el Abg. Rafael Antonio Delce Zabala Juez de este Órgano Jurisdiccional, en virtud de la recusación realizada a su persona ofició al abogado Astroberto López, quien fue designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 10 de noviembre de 2015 como Juez Suplente de éste órgano jurisdiccional, a los fines de que resuelva la incidencia de la recusación y continúe conociendo la presente causa, es por lo que, se ABOCA al conocimiento de la presente causa.

En consecuencia, se ordena notificar a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en el entendido de que transcurrido el término de diez (10) días continuos contados a partir del día siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones, comenzarán a transcurrir los cinco (5) días de despacho a que se refiere el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de junio de 2010, a los fines de que las partes puedan hacer uso del derecho consagrado en la mencionada norma. Una vez vencido dicho lapso, la causa reanudará su curso al estado en que se encuentra.
El Juez Accidental,



Abog. ASTROBERTO LÓPEZ
La Secretaria,


Abog. . GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2017-000052
AL/GCMM