REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES Y ORTÍZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil




San Juan de los Morros, QUINCE (15) de Febrero de 2018
207º y 158º

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA Nº 11-15022018
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: YUDURAY COROMOTO GOMEZ DE MORENO, V- 10.674.066.-
EXPEDIENTE: Nº 7976-18.-

I
Vista la solicitud, presentada por la ciudadana YUDURAY COROMOTO GOMEZ DE MORENO venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.674.066, asistida por el abogado en ejercicio RUBEN TOEDOSO PARACO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.775, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de parcela de propiedad privada respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II

Se evidencia de la FICHA CATASTRAL Y COPIA CERTIFICADA DEL DOCUMENTO DE PROPIEDAD, debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz del Estado Guárico, bajo el Nº 2018.81, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 350.10.6.1.8130 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2018, de fecha 12/01/2018, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la URB. EL GUAFAL, CALLE 11 CASA Nº 21-35-A, SAN JUAN DE LOS MORROS, MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de: MIL OCHENTA METROS CUADRADOS CON VEITE METROS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (20,72M2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con PARCELA en: 21-35; en: 7.32 ML. Sur: Con PARCELA en: 21-36, en: 7.32 ML.; Este: Con CALLE 11 en: 2,83 ML y, Oeste: Con PARCELA Nº 21-35; en: 2,83ML; identificado con el CÓDIGO CATASTRAL No.12-12-01-URB-1904. Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos EDYMAR NAZAREHT GOMEZ LOPEZ y ENDERSON ALEXANDER MAYORCA LUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: Nº V-24.238.225 y V-20.877.311, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurias sobre el terreno privado anteriormente identificado.

III


Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guárico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana YUDURAY COROMOTO GOMEZ DE MORENO, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.674.066.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitantes y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación. En San Juan de los Morros, a los Quince (15) días del mes de Febrero del año Dos Dieciocho (2018).-
EL JUEZ TEMPORAL


ABG. LUIS SAUL HERRERA GOMEZ
SECRETARIA TITULAR



ABG. MAIGUALIDA DELVALLE AZAVACHE

En ésta misma fecha siendo las 11:30 a.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.
SECRETARIA



SOLC. Nº. 7976-18
LSHG/MDVA/hjms.-