REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL 1º DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES Y ORTIZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Actuando en Sede Civil
San Juan de los Morros, 07 de febrero de 2.018
207º y 159º
EXPEDIENTE: N° 8.000-18
SENTENCIA: 05-07032018
SOLICITANTES: MANUEL JOSE PAZ CASTILLO TORREALBA Y FATIMA DEL PILAR HERNANDEZ DE PAZ CASTILLO; titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.997.711 y V-8.788.743, respectivamente, asistidos del Abog. Abraham Armando Bogado Blanco, titular de la Cédula de Identidad N°. V-18.971.950, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 198.028.
TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS; de conformidad con el Art. 937 del C.P.C.
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MANUEL JOSE PAZ CASTILLO TORREALBA Y FATIMA DEL PILAR HERNANDEZ DE PAZ CASTILLO; venezolano, mayores de edad, casados, titulares de la Cédulas de Identidad N° V-8.997.711 y V-8.788.743, de este domicilio, asistidos del Abog. Abraham Armando Bogado Blanco, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.971.950, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 198.028, distribuida para este Juzgado en fecha 27/02/2.018; donde solicita que se le declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en lote de terreno propio; cuya solicitud fue ADMITIDA en fecha 02/03/2.018, al respecto; este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la CERTIFICACIÓN DE LINDEROS Y CONSTANCIA MUNICIPAL, consignados junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la Calle Urbanización Las Abejitas, Avenida Circunvalación La Reina, Manzana I, Parcela I-19, Municipio Juan Germán Roscio Nieves del Estado Bolivariano de Guárico, constante de una superficie de: Cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (450,00 m²), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con Parcela 01 y 02, en: 25,00 ML. Sur: Con Parcela 18, con: 25,00 ML. Este: Con Parcela 04, en 18,00 ML, Oeste: Con Avenida Circunvalación La Reina, en 18,00 ML; identificado con el CÓDIGO CATASTRAL N° 12-12-01-URB-09-37. Así mismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de las ciudadanas, ZOILA CRISTINA COLMENARES CARTAYA y ERYKA FATIMA FERREIRA FERREIRA, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-8.726.136 y V-18.132.256, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno propio anteriormente identificado.
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guárico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con Lugar, la solicitud de TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos MANUEL JOSE PAZ CASTILLO TORREALBA Y FATIMA DEL PILAR HERNANDEZ DE PAZ CASTILLO, titulares de la Cédulas de Identidad N° V-8.997.711 y V-8.788.743, respectivamente; dejándose a salvo los derechos de terceros; y así de decide.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el Artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 207º de la Independencia y 159º de la Federación. En San Juan de los Morros, a los 07 días del mes de Marzo de Dos mil dieciocho (2.018)-
ABG. LUÍS SAÚL HERRERA GÓMEZ
EL JUEZ TEMP.
ABG. MAIGUALIDA DELVALLE AZAVACHE
EL SECRETARIA
En ésta misma fecha siendo las 03:30 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.
Secretaria.
Solicitud Nº 8.000-18
LSHG/MDA/JEF
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