REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, PRIMERO (01) DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018).-

207º y 158º
Actuando en Sede Civil
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
SOLICITANTES: ROSA HAYDEE SIERRA NAVAS.-
EXPEDIENTE: Nro. 18-8238.-
Nro. SENTENCIA: 02-01022018.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA HAYDEE SIERRA NAVAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 19.275.950, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio FRANCK ELIAS NIEVES ORTEGA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 75.731, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de Autorización consignada junto a la solicitud, que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la Calle Sixto Sosa, Sector Los Guires, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (59,66 Mts2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Calle Sixto Sosa, que es su frente, en cinco metros con cuarenta centímetros (5,40 mts); Sur: Taller de Efrén Romero, en cinco metros con cuarenta centímetros (5,40 mts); Este: Taller de Efrén Romero, en doce metros con noventa centímetros (12,90 mts) y, Oeste: Solar y casa de Efrén Romero, en doce metros con noventa centímetros (12,90 mts).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos OLIVER JOSE NARANJO y DARIANA ROSALY VILERA ZARRAMERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 6.856.596 y 19.275.878, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.-

III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ROSA HAYDEE SIERRA NAVAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 19.275.950, de este domicilio, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.- En Altagracia de Orituco, al primer (01) día del mes de febrero de dos mil dieciocho (2018).- Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. MONICO A. AQUINO GUERRERO.-
EL SECRETARIO,


ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 02:30 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO,


MAAG/yv.-
Sol. Nro. 18-8238.-