REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas,01-02-2018
207° de la Independencia y 158° de la Federación

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana EVELYN ENRIQUETA URBINA ACOSTA PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nos. V- 4.579.312, respectivamente, causahabientes de la de-cujus HILDA MERCEDES ACOSTA PEREZ, quien en vida fue, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 370.372, fallecida Ab-Intestato, en fecha 14 de Julio de 2016, en Novena transversal Entre Cuarta y Quinta Avenida, Quinta María Carlota, Casa Hogar Los Palos Grandes, Municipio Chacao, Estado Miranda
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por las solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. RENAN JOSE GONZALEZ.
LA SECRETARIA

YENNY CARABALLO.

EXP: AP31-S-2017-006543.
RJG/YC/TEILLYS