REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 06-02-2018
207º y 158°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Única y Universal Heredera; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana MERCEDES TERESA ORTA DE OSTEICOCHEA venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-4.354.160, causahabiente del De-Cujus SERGIO ALEJANDRO OSTEICOCHEA MORA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-3.678.602, fallecido Ab-Intestato, en fecha 25 de noviembre de 2017, en la Parroquia las Minas del, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
EL JUEZ,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ.
LA SECRETARIA,


YENNY CARABALLO.
AP31-S-2018-000158
RJG/YC/YUSEIDY