REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
Valle de la Pascua, 21 de Febrero de 2018
207° y 159°
En virtud del traslado acordado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio N° TSJ-CJ-N° 4523-2017, en sesión de fecha 13 de Diciembre de 2017 y posterior juramentación y toma de posesión en fecha 20 de Diciembre de 2017, como Juez Provisoria de este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. En este sentido, me ABOCO formalmente al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, por lo tanto se acuerda la notificación de la parte accionante, ciudadanas MAYERLIN JOSEFINA PARABABI PARRA y PASCUALA DE JESÚS PARRA PULIDO, en la persona de su Apoderada Judicial, Abogada YSABEL CRISTINA REYES ORTEGA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.237. En consecuencia, una vez conste en autos la formalidad anterior, comenzará a correr el lapso de diez (10) días de Despacho para la reanudación de la causa, más tres (3) días de Despacho siguientes a fin de que ejerzan los recursos que a bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa, y vencidos los mismos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación.
La Juez,
ABG. CARMEN JULIA FERMÍN
La Secretaria,
ABG. YANITZA TORRES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, librándose boleta de notificación. Conste.-
La Secretaria,
ABG. YANITZA TORRES
Exp. N° MA-2017-4650
CJF/YT/kf