REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de julio de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

ASUNTO: AP21-L-2017-001839

Vista la diligencia de fecha veintidós (22) de junio de 2018, presentada por el abogado ALEXIS GARCÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 188.837, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana MIRTHA MENDOZA, mediante la cual desiste de la demanda; en consecuencia, visto el desistimiento presentado por el apoderado judicial de la parte actora, quien se encuentra debidamente facultado para ello, en los términos expuestos; este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento, en la demanda incoada por su representada contra la empresa INVERSIONES RIBESIL, C.A., por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público; dándole efecto de cosa juzgada. Y así se establece.-
LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA

NAKARY PÉREZ
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.-

LA SECRETARIA

NAKARY PÉREZ