REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Visto que en fecha nueve (09) de julio de dos mil dieciocho (2018), mediante la cual la abogada Eliana Carolina RAMOS CERRAMERO (INPREABOGADO Nº 127.157), actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana YELITZA SANTAELLA (Cédula de Identidad Nº 4.347.556), solicitó: “…copias certificadas de los folios 388 al 395, 467, 517, 542 al 545, 570, 571, 612, 613 y 619 del presente asunto…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos, la certificación de la referida copia por cuanto consta en original desde el folio 388 al 395, 467, 517, 542 al 545, 570, 571, 612, 613 y 619 y sus vueltos.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES






Exp. Nº JE41-G-2009-000030
RADZ/GCMM/ydsp