REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, TRES DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO (3-07-2018).-
208° y 159°
Sentencia Interlocutoria.
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ESTEFANA MARIA LUGO OROPEZA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V – 6.393.489 sobre bienhechurias de propiedad ubicada en la Transversal 4 del Sector colinas del Orituco de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas Estado Guarico enclavadas en un área de Doscientos setenta y tres metros cuadrados con treinta y siete centímetros y alinderada así: NORTE: Transversal 4, que es su frente, en trece metros (13,00 mts) SUR: Parcela de Dixon Hernández, en nueve metros con cincuenta centímetros (9, 50 mts) ESTE: Solar y casa de Ana Tibisay Sifontes, en veinticuatro metros con treinta centímetros (24,30 mts) y OESTE: Solar y Casa de Víctor Araujo, en veinticuatro metros con treinta centímetros (24,30 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 93/2018 de la Sindicatura Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 31-5-2018.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
EL JUEZ.
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Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES-
LA SECRETARIA.
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Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO
PRCR/LG/plho.
Solicitud Nº 2018-1603 Titulo Supletorio de Propiedad.
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