REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de julio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: JP31-R-2018-000005
Revisadas las actas que integran el presente asunto, se observa que el mismo se contrae a RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el abogado JHONNY JAVIER MICHELENA LABORI, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.203.164, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 259.320, actuando en su propio nombre y representación, contra decisión de fecha seis (06) de julio del presente año, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta la Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró INADMISIBLE; la acción de amparo, en consecuencia, esta alzada, dada la naturaleza de la acción y de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, indica que a partir de la presente fecha exclusive, se apertura un lapso de treinta (30) días calendarios para emitir pronunciamiento.
EL JUEZ,
ABG. ZURIMA BOLIVAR CASTRO
LA SECRETARIA,
ABG. MIRIAM OSORIO MILANO
ZBC/MOM/maría nelly