REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 01 de Junio de 2018.
208º y 159º

Visto el escrito presentado en esta misma fecha por el abogado Adolfo Julio Molina Brizuela, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.058.718, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 86.354, actuando como apoderado judicial del ciudadano Carlos Odoardo Albornoz Castro, mediante el cual expone: “…actuando de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 160 y 170, respectivamente, de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, concatenados con el artículo 434, del Código de Procedimiento Civil, como complemento y alcance de las documentales promovidas mediante escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 24 de mayo de 2.018; en nombre de mi patrocinado procedo a promover la siguiente documental: DOCUMENTO DE PROPIEDAD PRIVADA…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito y anexo al expediente con el cual se relaciona.

LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ


LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA


EXPEDIENTE Nº JSAG-484.
YEMR/LP.