REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORIDNARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, ONCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO (11-06-2018).-

208° y 159°
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional. De conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DAYANA DELMILEX ROSA MARRERO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.372.320, sobre una bienhechurías, constituida por una vivienda uso familiar, construida sobre un lote de Terreno Municipal; Ubicada en la Carretera Nacional Via Oriente, Sector Arenita del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, alinderado de la manera siguiente: NORTE: Carretera Nacional vía Oriente que es su frente, en sesenta y siete metros con cincuenta centímetros (67,50 mts/cm); SUR: Terreno Ocupado por Benicia Delgado, en cincuenta y Cuatro metros con cincuenta centímetros (54,50 mts2/cm2); ESTE: Terreno Ocupado por Benicia Delgado, en veinticuatro metros (24,00 mts2/cm2) y OESTE: Terreno Ocupado por Benicia Delgado, en veinticuatro metros con treinta centímetros (24,30 mts/cm), cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.- Devuélvase original de lo actuado a los solicitantes.-
EL JUEZ,

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ABG. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES.-

LA SECRETARIA,

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ABG. LERIDA GONZALEZ.-

PRCR/LG/YDRRA
Solicitud Nº 2018-1586