REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO- VALLE DE LA PASCUA
En el día de hoy, once (11) de Junio de 2018, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 AM), se trasladó y constituyó este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con la presencia de la Jueza Provisoria, ciudadana Abg. Carmen Julia Fermín; la Secretaria, ciudadana Abg. Yanitza Torres, y el ciudadano Anthony Medina, en su carácter de Alguacil, hasta el predio denominado “MORICHAL CLARO”, ubicado en el sector Mereyal, Juridisccion de la Parroquia Espino, Municipio Leonardo Infante Estado Guarico constante de una superficie de DOSCIENTAS CUARENTA Y SEIS HECTAREAS CON TRES MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (246 Has 3.400Mtrs2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera de Penetración El Tabaco, SUR: Terrenos ocupados por el ciudadano Juan Romero, ESTE: Terrenos ocupados por el ciudadano Juan Romero, y OESTE: Terrenos ocupados por el fundo La Divina Pastora. Asimismo el Tribunal deja constancia que se hizo acompañar de la parte solicitante, el ciudadano FERNANDO JOSÉ HENRRIQUEZ OLIVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.308.323, civilmente hábil, Técnico Superior Universitario en la Especialidad Pecuaria y Productor Agropecuario, domiciliado en la finca “MORICHAL CLARO” asistido por el abogado en ejercicio, BERNARDO ISRAEL GOMEZ BOLIVAR, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 350.393. En este estado, el Tribunal procede a realizar la Inspección Judicial, fijada por auto de fecha 11 de Junio de 2018, y pasa a dejar constancia de las siguientes bienhechurías: 1.- Una casa de habitación, constante de una (01) habitación, Sala y cocina en conjunto, con piso de tierra, paredes de bahareque y techo de zinc. 2.- Dos tanques de colectar agua de seiscientos mil litros (600 y 1.000Lts) de capacidad los cuales surten a la vivienda. 3.- Cerca de Perimetral de Ocho (08) Kilómetros Lineales, de cuatro Pelos de Alambre de Púa y Estantes de Madera 4.- Una Vertiente Natural (Morichal) corriente permanente acondicionada para riego y otros 5.- Sesenta hectáreas (60 Has) deforestadas de vegetación pesada, Cincuenta hectáreas (50 Has) deforestadas de vegetación liviana y quince hectáreas (15 Has) taladas En este estado y terminada su misión, siendo las diez y treinta de la mañana(11:30 AM), el tribunal acuerda el regreso a su sede. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Provisoria
El Solicitante
Abogado Asistente
Los Testigos
El Alguacil
La Secretaria
Exp. N° S-2018-4216