REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
Valle de la Pascua, 12 de Junio de 2018
208° y 159°
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL RONDON CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.342.440, domiciliado en Zaraza Municipio Autónomo Pedro Zaraza del estado Guárico, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio YOBEL MAYORGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.669. Désele entrada y anótese en el libro correspondiente.
Observa el Tribunal que la parte solicitante señala entre otras cosas lo siguiente:
“…Ocurro ante su competente autoridad a los fines de exponer, solicitar y comprobar todos los derechos de posesión y propiedad sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías que he construido y he venido fomentando en un lote de terreno propiedad del estado venezolano…”
Por lo que este Juzgado con fundamento en lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe a la parte solicitante para que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, proceda a subsanar las ambigüedades, defectos u omisiones en cuanto al siguiente punto:
1º.- Debe señalar con precisión la titularidad del lote de terreno sobre el cual se encuentran las bienhechurías.
La Juez,
ABG. CARMEN JULIA FERMÍN
La Secretaria,
ABG. YANITZA TORRES
En esta misma fecha se le dio entrada a la presente Solicitud, quedando anotada bajo el N° S-2018-4257. Conste.-
La Secretaria,
ABG. YANITZA TORRES
Exp. N° S-2018-4257
CJF/YT/vv.-