REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
Valle de la Pascua, 15 de junio de 2018
208° y 159°
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JULIO CESAR MONTERO GAMEZ Y ZAIDI MARIAN CONTRERAS ACOSTA, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V- 8.769.523 y V- 19.161.697, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio, RICHARD ALEXIS CORREA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N° V- 11.118.498, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.043, de este domicilio, sobre unas bienhechurías ubicadas en el sitio conocido como “FUNDO SAHILY”, ubicado en en Sector Roman, de la Parroquia Las Mercedes Jurisdicción del Municipio Autónomo Las Mercedes del Llano del Estado Guarico, constante de NOVENTA Y SEIS HECTAREAS CON SIETE MIL TRESCIENTOS UN METROS CUADRADOS (96 Has con 7301 Mtrs2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por el Fundo Los Hijos de Dios ; SUR: Terrenos ocupados pr el Fundo El Cartier; ESTE: Carretera Agua- Blanca; y OESTE: Terrenos ocupados po el Fundo La California, según la solicitud Nº S-2018-4260 de la nomenclatura particular de este Despacho. Admítase en cuanto ha lugar en derecho. Por lo tanto, este Tribunal siempre orientado a garantizar la Tutela Judicial Efectiva y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 190 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, según el cual “Los jueces o juezas podrán decretar providencias y autos tendentes a esclarecer y aligerar de oficio los trámites de actuaciones y pruebas…”; dicta auto para mejor proveer en los términos y con las finalidades siguientes:
1.- Se solicita al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, se sirva informar a este Tribunal si por ante ese Despacho cursa alguna causa relacionada con la referida solicitud de Titulo Supletorio antes señalada, a los fines de evitar sentencias contradictorias.
A tal efecto, se ORDENA oficiar al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, a fin de que a la brevedad posible informe a este Tribunal si por ante ese Despacho cursa alguna causa relacionada con la referida solicitud de Titulo Supletorio. Líbrese oficio.
2. Se le solicita al Instituto Nacional de Tierras, con sede central en la Ciudad de Caracas, se sirva a informar a este despacho la certeza del Título de Adjudicación Socialista y Carta de Registro Agrario.
En consecuencia, se ORDENA oficiar al Instituto Nacional de Tierras con sede central en la ciudad de Caracas, a los fines de que informe sobre la veracidad del Titulo a favor de el ciudadano JULIO CESAR MONTERO GAMEZ Y ZAIDI MARIAN CONTRERAS ACOSTA. Líbrese oficio.
Finalmente se ORDENA notificar de este auto para mejor proveer a los ciudadanos JULIO CESAR MONTERO GAMEZ Y ZAIDI MARIAN CONTRERAS ACOSTA, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-8.769.523 y V- 19.161.697, domiciliados en la población Las Mercedes del Llano estado Guarico, cónyuges, y/o su abogado asistente, ciudadano RICHARD ALEXIS CORREA CRESPO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.043.Líbrese boleta.
Publíquese, regístrese y comuníquese al Juzgado Superior Agrario. Notifíquese al solicitante.
La Jueza,
ABG. CARMEN JULIA FERMÍN
La Secretaria,
ABG. YANITZA TORRES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, librándose oficios Nros. 334/2018, 335/2018 y boleta de notificación. Conste.-
La Secretaria.
ABG. YANITZA TORRES
Exp. Nº S-2018-4260
CJF/YT/vv