REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 15 de Marzo de 2018.
207º y 159º
Visto el escrito presentado en esta misma fecha por la abogada Yndrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.623.143, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 31.312, actuando en representación de los ciudadanos Mate Roberto Malkoc Gamarra y Marco Gusvan Malcok Gamarra, titulares de las cédulas de identidad Nros, V- 15.812.878 y V- 15.812.877, mediante el cual expone: “…Apelamos formalmente en este acto de la decisión dictada por este tribunal en fecha 09/03/2018 donde declara inadmisible la oposición propuesta según la sentencia mencionada por cuanto del supuesto computo expresado por la Secretaria del Despacho toma en consideración el día en que dicto el Tribunal el auto de fecha 16/02/2018, donde abría el lapso de los Díez (10) Días de Despacho…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito al expediente con el cual se relaciona, asimismo se pronunciara por auto separado sobre la apelación planteada por la abogada antes identificada y en cuanto a las copias certificadas solicitadas este tribunal acuerda las mismas para el tercer día de despacho siguiente al de hoy.
LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA
EXPEDIENTE Nº JSAG-447-2017.
YEMR/LP.