REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 20 de Marzo de 2018.
207º y 158º

Vista la diligencia presentada en esta misma fecha por la abogada Yndrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.623.143, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 31.312, actuando en representación de los ciudadanos Mate Roberto Malkoc Gamarra y Marco Gusvan Malkoc Gamarra, titulares de las cédulas de identidad Nros, V- 15.812.878 y V- 15.812.877, mediante la cual expone: “Con el debido respeto ratificamos en todas y cada una partes la diligencia de fecha 15/03/2018 que riela a los folios (1007vto y 1008) al expediente JSAG-455-2017 pieza IV/IV, del Cuaderno Separado de Medida Cautelar donde recurrimos de Hecho de la decisión que cursa a los folios 1006 y vto del presente asunto, pieza IV/IV. Asimismo ratificamos los argumentos de la apelación planteada a los folios (975 y vto) y 984 y vto, (992 y 993) (997, 998)...”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar la diligencia al expediente con el cual se relaciona y acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas. Asimismo informa a la abogada antes identificada que el tribunal se encuentra dentro del lapso para pronunciarse en cuanto al recurso de hecho ejercido en fecha 15 de marzo de 2018. Cúmplase.

LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ


LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA


EXPEDIENTE Nº JSAG-455-2017.
YEMR/LP.