REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 22 de Marzo del 2017.
(207° y 159°)

EXPEDIENTE Nº JSAG-374-2015.

Vista la diligencia de fecha 21 de marzo del corriente año, suscrita por el abogado Oswaldo Rafael Feo González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.582.098, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 156280, mediante la cual expuso: “…solicito el abocamiento de la Juez en el expediente signado con el Nº JSAG-374…”. En consecuencia este Juzgado le informa a la parte que en fecha 01 de Noviembre del año 2017, se ABOCO al conocimiento de la presente causa, auto que riela al folio doscientos cuarenta y seis (246) de la misma pieza III del Recurso de Nulidad en la cual consigno la diligencia realizando tal solicitud de abocamiento de la Juez. Es todo.




LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. LITZY PADILLA.




EXPEDIENTE Nº JSAG-374-2015.-
YSMR/LP/Ef.-