REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 05 de Marzo de 2018.
207º y 158º

Visto el escrito presentado en esta misma fecha por los abogados Greiner Marín y Ricardo Laurens, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.103.887 y V-6.856.3829, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 99.787 y 99.710, actuando en representación del Instituto Nacional de Tierras (INTI), mediante el cual exponen: “…El hecho que el recurrente haya introducido el presente recurso, y tenga conocimiento de los actos administrativos dictados en su contra, dejan ver que no se violo el Derecho a la Defensa y al Debido Proceso, desvirtúa el vicio de inconstitucionalidad representado por la violación al Derecho a la Defensa alegado por el recurrente (…). Finalmente solicitamos, que las presentes pruebas aquí promovidas sean admitidas, sustanciadas y valoradas conforme a derecho, y en consecuencia que el recurso interpuesto contra la decisión del Directorio del Instituto Nacional de Tierras, dictado en sesión EXT-267-16, de fecha 01-12-2016, por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito de pruebas y anexos al expediente con el cual se relaciona.

LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ


LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA


EXPEDIENTE Nº JSAG-447-2017.
YEMR/LP.