REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 09 de Marzo de 2018.
207º y 158º

Visto el escrito presentada en esta misma fecha por el abogado Leonel Pérez Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.832.944, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 30.650, actuando en representación de la sociedad de comercio AGRICONSULTING DE VENEZUELA C.A, mediante el cual expone: “…De conformidad con lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, manifestamos al Tribunal que hemos acordado suspender el curso de la causa por un lapso de ochenta (80) días continuos contados a partir del día lunes 12 de marzo de 2018, hasta el miércoles 30 de mayo de 2018, ambas fechas inclusive, por lo que la causa se reanudará al día de despacho inmediato siguiente sin que sea necesaria ninguna declaración o solicitud de las partes, pudiendo en todo caso las partes reanudar el proceso de mutuo y común acuerdo antes del vencimiento de dicho término…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito al expediente con el cual se relaciona.

LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ


LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA


EXPEDIENTE Nº JSAG-373-2015.
YEMR/LP.