REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, catorce (14) de marzo de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º
Vista la diligencia de fecha trece (13) de marzo de dos mil dieciocho (2018), mediante la cual la abogada Eliana Carolina RAMOS CERRAMERO (INPREABOGADO Nº 127.157), actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YELITZA SANTAELLA (Cédula de Identidad Nº 4.347.556), solicitó copia del auto de fecha catorce (14) de marzo de dos mil dieciocho (2018), así como también de los folios 33 y 34 del presente asunto. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las referidas copias por cuanto consta en copias certificadas de los folios 33, 34 (sus vueltos) y del folio 619 por constar en original.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2009-000030
RADZ/GCMM/ngga