REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dos (02) de marzo de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º
En fecha 27 de febrero de 2018 se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Juzgado diligencia del ciudadano ROBERTO EDICTO TROCEL (Cédula de Identidad Nº 13.151.729) asistido por el abogado Orlando Trocel (INPREABOGADO Nº 242.797), mediante el cual expuso: “…ha transcurrido con creces el lapso otorgado a la Procuraduría General de la Republica para la consignación del expediente administrativo…”; ahora bien, este Tribunal observa que el 19 de septiembre de 2017 dictó auto para mejor proveer, a los fines de que el PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA remitiese el expediente administrativo del querellante, para lo cual, se le otorgó un lapso de 10 días de despacho, lapso que empezaría a computar una vez que conste en autos las resultas de dicha notificación, no obstante, no se han recibido las resultas de la mencionada notificación, por lo que, dicho lapso aún no ha trascurrido.
El Juez
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. JP41-G-2017-000004
RADZ/GCMM