REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de marzo de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º
Visto que en fecha seis (06) de marzo del año dos mil dieciocho (2018), este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, dicto sentencia Nº PJ0102018000018 en la cual declaró el DECAIMIENTO DEL OBJETO de la querella funcionarial interpuesta por el abogado Amilkar PERDOMO ZIEM (INPREABOGADO Nº 75.540), en su carácter de Defensor Público del ciudadano HÉCTOR JOSÉ NAVAS HERNÁNDEZ (cédula de identidad Nº 9.892.135), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y ordenó notificar a las partes de dicha sentencia, por lo que, este Juzgado libra los oficios y boleta respectiva.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2017-000051
RADZ/GCMM/ydsp