REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL 1º DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES Y ORTIZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
Actuando en Sede Civil
San Juan de los Morros, 22 de Marzo de 2.018
207º y 159º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.- N° 15-22032018
SOLICITUD Nº 7.990-18
SOLICITANTE: JENNIFER NAIROBIS VAZQUEZ DIAZ; titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.576.037, asistida del Abog. Jean Alexander Marín Colmenares, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.150.633, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 234.705.-
ASUNTO: SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS; de conformidad con el Art. 937 del C.P.C.-
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JENNIFER NAIROBIS VAZQUEZ DIAZ; venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.576.037, de este domicilio, asistida del Abogado Jean Alexander Marín Colmenares, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 234.705; distribuida para este Juzgado en fecha 19/02/2.018, a fin de que se le declare TÍTULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno de propiedad del Municipio Juan Germán Roscio Nieves del Estado Guárico; cuya solicitud fue ADMITIDA en fecha 20/03/2.018, al respecto; este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la CERTIFICACIÓN DE LINDEROS y CONSTANCIA MUNICIPAL, consignados junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la CARRETERA NACIONAL VÍA LOS FLORES, SECTOR LA ESMERALDA, CALLE PRINCIPAL, PARCELA N° 23, DE SAN JUAN DE LOS MORROS, MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, constante de una superficie de: Dos mil veinticinco metros cuadrados con treinta centímetros (2.025,30 m2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Con terreno ocupado por la señora Marisol, en (28,85 ML). Sur: Con terreno de la señora Itamar, en (39,70 ML). Este: Con terreno de la señora Marisol y calle principal del sector La Esmeralda, en (18,10; 30,15; 13,00; 6,65 ML). Oeste: Con terreno de la finca Cerrito Lindo de Bruno Guida, en (50,00 ML); identificado con el CÓDIGO CATASTRAL N° 12-12-01-URB-23. Así mismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos, EDWIN RAFAEL TOVAR PIÑANGO y JEAN ALEXANDER MARIN COLMENARES, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-18.043.427 y V-13.150.633, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guárico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana JENNIFER NAIROBIS VAZQUEZ DIAZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.576.037; dejándose a salvo los derechos de terceros; y así de decide.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el Artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico. Años 207º de la Independencia y 159º de la Federación. En San Juan de los Morros, a los Veintidós (22) días del mes de Marzo de Dos mil Dieciocho (2.018)-
ABG. LUÍS SAÚL HERRERA GÓMEZ
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. MAIGUALIDA DELVALLE AZAVACHE
LA SECRETARIA TITULAR
En ésta misma fecha siendo las 03:30 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.
Secretaría.
Solicitud Nº 7.990-18
LSHG/MDA/JEF
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