REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO Y ORTÍZ.
COM. Nº 002-18
En atención a oficio que antecede, emanado del Tribunal de la causa, Nº 118-17 (nomenclatura de ese Tribunal), este Juzgado Ordinario y Ejecutor de medidas, pasa a proveer lo respectivo:
PRIMERO: Queda suspendida la ejecución de la medida respecto de los dos (2) primeros bienes numerados así e identificados en mismo oficio, los cuales a la presente fecha aún no se habían secuestrado.
SEGUNDO: Respecto de la maquinaria identificada y numerada como tercer (3er) bien a ejecutar por mandato del Tribunal de la causa, la misma fue efectivamente secuestrada en fecha veintiuno (21) de Febrero de 2018, tal como consta en Acta que riela del folio once (11) al catorce (14) de la presente Comisión.
Ahora bien, con atención al oficio ut supra señalado y por mandato del Tribunal de la causa, este Juzgado ordena el levantamiento de la medida de secuestro. No obstante, en virtud de que el bien a que se refiere este particular se encontraba indebidamente ubicado en un bien inmueble público, de la alcaldía del municipio Ortiz, se acuerda la entrega del mismo debidamente a quien tenga la titularidad de la propiedad y documentación respectiva que así la pruebe, para cuyos efectos se ordena librar Boleta de Notificación respectiva al Depositario Judicial, bajo quien se encuentra el cuido y resguardo del bien, ciudadano Luis Eduardo Azuaje González, de cédula de identidad Nº V-14.871.283. Entréguese senda Boleta de Notificación al alguacil de este Tribunal para que sea practicada la respectiva notificación. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABOG. KARLA CAROLINA TORO DE GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. YOLY JOSEFINA FLORES DE ISTURIZ