REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
SOLICITUD Nº 16.073-17
PARTE SOLICITANTE: EYLIN CAROLINA MARTÍNEZ SIFONTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.239.261 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS JOSÉ PANTOJA FUENTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 217.564.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA
ASUNTO: TÍTULO SUPLETORIO
Recibida por distribución Solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentada por la ciudadana EYLIN CAROLINA MARTÍNEZ SIFONTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.239.261, asistida por el Abogado CARLOS JOSÉ PANTOJA FUENTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 217.564, la cual fue admitida por este Tribunal en fecha 25 de Octubre de 2.017. La solicitud la acompañó con los siguientes recaudos: Cédula Catastral Nº 6462-9258 y Autorización para Evacuar Título Supletorio de fecha 11-10-2.017, emanadas de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico.
La solicitante pide que se le Decrete Título Supletorio suficiente a su favor, de las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno Municipal constante de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (268,73 M2), ubicado en la Urbanización Misión de los Ángeles, Avenida Filiberto Rodríguez, entre Avenida Otoniel Giulietta y Carlos Segundo Madera, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, con los siguientes linderos: NORTE: Avenida Filiberto Rodríguez (15.95 Mts), SUR: Henry Soto (15.90 Mts), ESTE: Terreno Solo (16.80 Mts) y OESTE: Marisol Rattia (15.90 Mts).
Alega igualmente la solicitante, que dichas bienhechurías las construyó con dinero de su propio peculio, las cuales constan de una Casa de Habitación Familiar con las siguientes características: Cuatro (04) habitaciones, tres (03) baños, una (01) cocina, una (01) sala, una (01) biblioteca, un (01) porche con jardín, un (01) garaje, pisos de cemento con baldosas, instalaciones eléctricas internas, puertas de madera, ventanas panorámicas, techo de platabanda y paredes de bloque.
Asimismo, en la oportunidad correspondiente se evacuaron las testimoniales de los ciudadanos: JEANT CARLOS FUENTES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.538.377, de este domicilio y GUSTAVO ADOLFO SÁNCHEZ GAMARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.383.492, de este domicilio, quienes en su declaración fueron contestes y señalaron que tienen conocimiento de que las bienhechurías antes señaladas, fueron construidas por la ciudadana EYLIN CAROLINA MARTÍNEZ SIFONTES. Por lo que este Tribunal le otorga valor probatorio de conformidad con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, cumplidos como han sido los trámites y formalidades previstos en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, que establece: “Si se pidiere que tales justificaciones o diligencias se declaren bastante para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, antes de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición se hubiere hecho posteriormente a la primera diligencia; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros (…)”. Este Tribunal debe Decretar Título Supletorio Suficiente a favor de la ciudadana EYLIN CAROLINA MARTÍNEZ SIFONTES, quedando a salvo los derechos de terceros. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana EYLIN CAROLINA MARTÍNEZ SIFONTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.239.261, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno Municipal, con un área de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (268,73 M2), ubicado en la Urbanización Misión de los Ángeles, Avenida Filiberto Rodríguez, entre Avenida Otoniel Giulietta y Carlos Segundo Madera, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, con los siguientes linderos: NORTE: Avenida Filiberto Rodríguez (15.95 Mts), SUR: Henry Soto (15.90 Mts), ESTE: Terreno Solo (16.80 Mts) y OESTE: Marisol Rattia (15.90 Mts), de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los Cinco (05) días del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2.018). Años: 207º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. YANIRETH HURTADO SUBERO
LA SECRETARIA,
ABG. OLIVIA PAEZ
En esta misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las Once y Treinta horas de la mañana (11:30am). Conste.
Se devuelve constante de ( ) folios útiles, a la parte interesada.
LA SECRETARIA,
YHS/OP/rf.-
SOL. Nº 16.073-17.-
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