REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

PRUEBA DE INFORMES:
Solicitó a este Tribunal, oficiar al Instituto Nacional de Tierras con sede en Caracas Distrito Capital, Unidad de memoria Documental, a la Coordinación Sectorial del Instituto Nacional de Tierras con sede en Valle de la Pascua y a la Oficina Sectorial del INSAI con sede en esta ciudad de Valle de la Pascua.

Ahora bien, en cuanto a las pruebas de informes las mismas son INADMITIDAS, en razón a lo que prevé el segundo aparte del artículo 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con lo establecido en el artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, todo ello en razón a que el demandado de autos no indicó las referidas pruebas, en su escrito de contestación de demanda.

La Juez,


ABG. CARMEN JULIA FERMÍN

La Secretaria,


ABG. YANITZA TORRES





Exp N° A-2017-4607
CJF/YT/dc