REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico
San Juan de los Morros, quince (15) de marzo de dos mil dieciocho
207º y 159º

ASUNTO: JP31-R-2018-000001

Revisadas las actas que integran el presente expediente, contentivo de la apelación, formulada por el abogado en ejercicio RAFAEL CARMELO LARA OROZCO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 158.901 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOAN JOSE TORRES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.602.475, contra decisión dictada en fecha siete (07) de febrero de 2018, proveniente del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, este Tribunal, siendo la oportunidad legal correspondiente para fijar la audiencia oral de apelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acuerda que la misma tendrá lugar, el día miércoles veintiuno (21) de Marzo de 2018, a las diez (10:00) horas de la mañana. Con la advertencia que la incomparecencia del apelante a la audiencia oral producirá los efectos establecidos en el artículo 164 “Eiusdem”.

LA JUEZ,


ABG. ZURIMA BOLIVAR CASTRO

LA SECRETARIA,


ABG. MIRIAM OSORIO MILANO


ZBC/MOM/maría nelly