REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, (02) de Mayo 2018.
208º Y 159º

Vista la diligencia presentada el día de hoy 02 de Mayo del corriente, por los ciudadanos, Juan Carlos Contreras Contreras y Juan Vicente Contreras Contreras, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.342.118 y 13.340.420, debidamente asistido en este acto por el profesional del derecho Jean Rhalf González Manzano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 217.583, mediante la cual exponen: “… De conformidad con lo establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil Vigente, “Conferimos Poder Apud Acta” al abogado que en este acto nos asiste, Jean Rhalf González Manzano, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 18.043.588, e inscrito en el inpreaboghado, bajo el numero 217.583, en virtud del cual queda ampliamente facultado nuestro referido apoderado”(…) En consecuencia este Juzgado ordena agregar la diligencia al expediente al cual se relaciona.

LA JUEZ SUPERIOR
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE.


SECRETARIA TEMPORAL
LITZY PADILLA.-





Exp Nº: JSAG-525.
YSM/LP/je