REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 03 de Mayo de 2018.
208º y 159º
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha por los abogados Walid Aboaasi y Luis Pineda, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.680.259 y V- 15.798.053, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 60.990 y 110.678, actuando en representación judicial de la entidad Mercantil denominada Agropecuaria Carpene C.A., mediante la cual expone: “…En vista que no consta en el expediente, los respectivos acuse de recibos librados por este tribunal que rielan del folio 315 a 318, Pieza VI (6), ni mucho menos diligencias de la contraparte en relación a la inspección requerida en haber consignado los oficios con antelación…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar la diligencia al expediente con el cual se relaciona.
LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PADILLA
EXPEDIENTE Nº JSAG-531-2018.
YEMR/LP.