REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, catorce (14) de mayo de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
Recibido como ha sido el cuaderno separado de apelación con el Nº AP42-R-2017-000547 nomenclatura de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº CSCA-2018-000265, de fecha diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018), relacionado con el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CARMELO ANDERSON MACHADO SALCEDO (cédula de identidad Nº 20.587.352), asistido por el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLÍCIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha veintitrés (23) de enero de dos mil dieciocho (2018), la cual se declaró “…1. Que es COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto contra la decisión de fecha 20 de octubre de 2014, emanada del Juzgado Superior Contencioso Administrativo del estado Bolivariano de Guárico, contentiva del auto de admisión de pruebas, en el marco de recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Roberto Bolívar, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARMELO ANDERSON MACHADO SALCEDO, ya identificados, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO por Órgano de la Policía del estado Bolivariano de Guárico. 2. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto. 3. CONFIRMA la referida decisión…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-X-2017-000004
RADZ/GCMM/ydsp