REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de mayo de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Vista la diligencia de fecha 21 de marzo de 2018, y ratificada el 18 de mayo de 2018, mediante la cual el abogado Amilkar PERDOMO ZIEMS (INPREABOGADO Nº 75.540), actuando en su carácter de defensor público de la ciudadana ELBIA SIOMARA TORREALBA MORENO (Cédula de Identidad Nº 14.602.160), apeló de la sentencia Nº PJ0102018000020, dictada por este Juzgado el 19 de marzo de 2018, en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial, incoado por la referida ciudadana, contra el MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-G-2017-000038
RADZ/GCMM/ngga