REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2016-000195 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2017-1649, de fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), relacionado con el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana LEIDYMAR MORENO MORGADO (Cédula de Identidad Nº 23.564.983), asistida por el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha ocho (08) de agosto de dos mil diecisiete (2017), la cual se declaró “…1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 1 de marzo de 2016, por la ciudadana LEIDYMAR MORENO MORGADO, debidamente asistida por el abogado Roberto Bolívar, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha 23 de febrero de 2016, que negó la remisión solicitada del asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3. FIRME el fallo apelado…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2015-000008
RADZ/GCMM/ydsp