REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORIDNARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, NUEVE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO (09-05-2018).-

208° y 159°
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional. De conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana: CARMEN MATILDE MORILLO CAMACHO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.131.135, sobre una bienhechurías, constituida por una vivienda para uso familiar, construida sobre un lote de terreno Municipal; Ubicado en la Calle Puerto Rico de la Urbanización las Mayitas, de Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, alinderado de la manera siguiente: NORTE: Casa y solar de Jean Carlos Reina, en veinticinco metros con treinta centímetros (25,30 mts/cm); SUR: Casa y Solar de Luis Herrera, en veintiséis metros con ochenta centímetros (26,80 mts2/cm2); ESTE: Parcela de Adrian Bandres, en veintisiete metros con noventa centímetros (27,90 mts2/cm2) y OESTE: Calle Puerto Rico, que es su frente en veinticinco metros con veinticinco centímetros (25,25 mts2/cm2), cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.-
LA JUEZ TEMPORAL

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ABG. LERIDA GONZALEZ.-

EL SECRETARIO TEMPORAL,

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ABG. PEDRO HERNANDEZ.-

PRCR/LG/YDRRA
Solicitud Nº 2018-1556