REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO : AP31-S-2017-007718
SOLICITANTES: MARIANA RAQUEL ACEDO ALBERO y JOSE RAFAEL MARRERO PAREDES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.488.299 y V-12.840.703, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE: JUANA MARGARITA LAMK A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.326.
MOTIVO: PARTICION AMIGABLE.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Vista la diligencia de fecha 22 de mayo de 2018, presentada por la abogada ELSY ROJAS BALZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.988, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIANA RAQUEL ACEDO ALBERO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.488.299, mediante la cual solicitó se subsane el error en el cual se incurrió en el fallo dictado en fecha 4 de mayo de 2.018, en lo que respecta al apellido de la ciudadana MARIANA RAQUEL ACEDO ALBERO, en la homologación de partición dictada por éste Juzgado en fecha 04 de mayo de 2018, el Tribunal observa:
En fecha 04 de mayo de 2018, este Órgano de Justicia dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, mediante la cual homologó la partición amigable de la comunidad conyugal conformada los ciudadanos MARIANA RAQUEL ACEDO ALBERO y JOSE RAFAEL MARRERO PAREDES, la cual quedó disuelta por divorcio de los citados ciudadanos..
Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 ejusdem, se ordena la corrección del error material observado en el referido fallo, quedando subsanado de la siguiente manera: Donde dice “MARIANA RAQUEL ACEVEDO ALBERO”, debe decir: “MARIANA RAQUEL ACEDO ALBERO”. Y así se decide.
Asimismo, se deja expresa constancia que la presente aclaratoria, formará parte integrante de la homologación dictada por este Juzgado en fecha cuatro (04) de mayo de dos mil dieciocho (2018). Cúmplase.
LA JUEZA,
LETICIA BARRIOS RUIZ.
LA SECRETARIA ACC.,
MARY CAROLINA PEREZ,
LBR/MCP/Dg.-
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