REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiséis (26) de noviembre de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
Vista la diligencia de fecha veintiséis (26) de julio de dos mil dieciocho (2018), mediante la cual la abogada Josmary BETANCOURT (INPREABOGADO Nº 271.499), en su carácter de co-apoderada judicial de la Procuraduría General de la República, apeló de la sentencia Nº PJ0102018000051, dictada por este Juzgado el dieciocho (18) de julio de dos mil dieciocho (2018), en la que declaró CON LUGAR la querella funcionarial, interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano ROBERT EDICTO TROCEL HERNÁNDEZ (Cédula de Identidad Nº 13.151.729), asistido de abogado, contra la GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA (GNB).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2017-000004
RADZ/GCMM/ydsp