REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de noviembre de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2014-000805 nomenclatura de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº CSCA-2018-001692, de fecha once (11) de octubre de dos mil dieciocho (2018), relacionado con el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana MIRNA YUDITH DANIEL SANDIÑA (Cédula de Identidad Nº 10.668.995), entonces asistida de abogado. Contra dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil dieciocho (2018), la cual se declaró “…1.- SU COMPETENCIA, para conocer del recurso de apelación interpuesto (...) 2. CON LUGAR la apelación interpuesta. 3. REVOCA PARCIALMENTE el fallo apelado, solo a las consideraciones hechas a la destitución de la actora. 4. CONFIRMA el resto del fallo apelado. 5. CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la querellante, en consecuencia. 5.1. NULO el acto administrativo de destitución impugnado, y por consiguiente, 5.2 ORDENA la reincorporación de la querellante al Consejo Legislativo del estado Bolivariano de Guárico en el cargo que desempeñaba al momento de su destitución, o una de similar jerarquía. 5.3. ORDENA pagar los salarios y demás beneficios laborales dejados d percibir que no impliquen la prestación efectiva del servicio desde su destitución hasta su efectiva reincorporación. 5.4. ORDENA realizar experticia complementaria al fallo, conforme al articulo 249 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que se calculen los montos correspondientes…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JE41-G-2005-000062
RADZ/GCMM/ddga