REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de octubre de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Vista la consignación de fecha veintiséis (26) de septiembre de dos mil dieciocho (2018) por el ciudadano JHURBAN ANGULO, en su carácter de Alguacil adscrito al Circuito Judicial del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas , mediante la cual expuso: “…la presente consignación se hace toda vez que luego de una revisión e inventario de actuaciones en curso realizadas por la oficina de alguacilazgo en el sistema Jusis 2000, en razón que tiene mas de cuarenta y cinco (45) días, sin que la parte interesada le haya dado el debido impulso procesal, consignación que se hace a los fines legales consiguientes...” advierte este Tribunal que la notificación resultó infructuosa, en virtud de ello se ordena librar nueva boleta y publicarla en la cartelera de este órgano Jurisdiccional. Líbrese boleta.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JE41-G-2009-000110
RADZ/GCMM/ddga