REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, ocho (08) de octubre de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Vista la diligencia en fecha tres (03) de octubre de dos mil dieciocho (2018), interpuesta por el abogado Alexander Isaías ÁLVAREZ MILA (INPREABOGADO Nº 136.673) actuando con el carácter de apoderado judicial del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante el cual solicitó el cierre y archivo del presente asunto, este Juzgado advierte que en fecha siete (07) de abril de dos mil catorce (2014), dictó sentencia Nº PJ0102014000031 en la que declaró INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la abogada BETZI MARILIN DÍAZ ARANA (INPREABOGADO Nº 79.535), actuando en su nombre, contra el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), dicha sentencia ordenó la notificación de las partes, las cuales fueron libradas el nueve (09) de abril de dos mil catorce (2014), y el veintitrés (23) de febrero del dos mil quince (2015) fueron consignadas las notificaciones, por lo que, transcurrido con creses el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declaró DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia el trece (13) de marzo del dos mil quince (2015) TERMINADA la causa, constante de cuatrocientos seis (406) folios útiles y un cuaderno de antecedentes administrativos contentivo de cincuenta y seis (56) folios útiles.
El Juez


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. JE41-G-2011-000012
RADZ/GCMM/ydsp