TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
SAN JUAN DE LOS MORROS, 24 DE SEPTIEMBRE DEL 2018.-
208º y 159º
EXPEDIENTE: Nº S-2599-18
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSBEYDEE YINETH RIVAS LOZADA Y ELVIRA JOSEFINA LOZADA.
Recibido por Distribución de fecha 03 de Agosto del 2018 y admitida en fecha 06 de Agosto de 2018, escrito presentado por las ciudadanas JOSBEYDEE YINETH RIVAS LOZADA Y ELVIRA JOSEFINA LOZADA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de Identidad Nº V-20.877.202 Y V-8.785.258, debidamente asistidas por el abogado CARLOS LUIS LOVERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.065; contentivo de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, a su favor sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección AV. BOLIVAR, SECTOR LAS MERCEDES, ORTIZ, PARROQUIA ORTIZ, MUNICIPIO ORTIZ, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de Terreno de SEISCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SIETE CENTIMETROS (607,07 M2) cuyos linderos son: NORTE: CON CASA DE IGNACIO VARGAS, CASA DE MANUEL GOMES; CON 11,20 + 25,25 = 36,45 ML; SUR: CON CASA DE ENRIQUE ABREU, CASA DE SILVIA HERNANDEZ; CON 17,90 + 17,60 = 35,50 ML; ESTE: CON AV. BOLIVAR; CON 17,85 ML; y OESTE: CON CASA DE FREDDY MATA, CASA DE IGNACIO VARGAS; CON 4,50 + 11,40 = 15,90 ML; tal como se evidencia el Contrato de arrendamiento, Autorización para Evacuar Titulo Supletorio, Levantamiento Parcelario y Ficha Catastral, emitida por la Alcaldía del Municipio Ortiz del Estado Guárico, cursante a los folios 02, 03, 04 y 05 del expediente, documentos que se aprecian y valoran ya que demuestran la cualidad de las solicitantes y en cuyo nombre y beneficio solicita el otorgamiento del Titulo Supletorio, de conformidad con el Art. 430 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.357 del Código Civil; del mismo modo, las resultas del justificativo de testigos de los ciudadanos: RAMON SALVADOR VARGAS LOVERA y JOSE ROGEMIL ACOSTA, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros V-4.391.460 y V-8.781.780 respectivamente, evacuados por ante este Tribunal en fecha 21 de Septiembre del 2018, quienes dan fe de sus dichos sobre la pretensión de la solicitud y sobre la construcción de las bienhechurias a sus propias y únicas expensas, se valoran y se aprecian, por cuanto demuestran la veracidad del contenido de la solicitud y así se declara.
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, éste Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de las ciudadanas JOSBEYDEE YINETH RIVAS LOZADA Y ELVIRA JOSEFINA LOZADA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-20.877.202 Y V-8.785.258, sobre las bienhechurias, descritas en el escrito de solicitud, inserto al folio 01 y vto del presente expediente, sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección AV. BOLIVAR, SECTOR LAS MERCEDES, ORTIZ, PARROQUIA ORTIZ, MUNICIPIO ORTIZ, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de Terreno de SEISCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SIETE CENTIMETROS (607,07 M2), quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Regístrese y expídase copia certificada de la presente resolución, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1388 del Código Civil. Devuélvase las anteriores actuaciones a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en San Juan de los Morros, a los Veinticuatro (24) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018).
ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR
JUEZ TITULAR
LUZBY J. MORALES V.
LA SECRETARIA TITULAR
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles, a la parte interesada, quien firmará el libro de solicitudes correspondiente, en prueba de haber recibido la misma.
SECRETARIA
IBT/lepq.-
S-2599-18
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