REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, DIECINUEVE DE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (19-08-2018).-

208° y 159°
Sentencia Interlocutoria.

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano RAFAEL YSIDRO OCHOA FERNANDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V – 5.071.774 sobre bienhechurias de propiedad ubicada en el Sector Pueblo Nuevo, Calle Sixto Sosa, Local A-02 de esta ciudad Altagracia de Orituco Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico, enclavadas en un área de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120,00 mts) y alinderada así: NORTE: Town House Nº 1 en Diez Metros (10,00 mts) SUR: Town House Nº 3, en diez metros (10,00 mts) ESTE: Estacionamiento y entrada, en seis metros (6,00 mts) y OESTE: Local Comercial de Franklin Claro, en seis metros (6,00 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 132/2018 de la Sindicatura Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 27-7-2018.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
EL JUEZ.

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Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES-

LA SECRETARIA.

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Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO



PRCR/LG/plho.
Solicitud Nº 2018-1638 Titulo Supletorio de Propiedad.