REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, VENTISEIS DE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (26-09-2018).-
208° y 159°
Sentencia Interlocutoria.
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano RITA EMILIA BOLIVAR PADRON venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V – 13.124.498 sobre bienhechurias de propiedad ubicada en el sector INAVI de la población de San José de Guaribe del Estado Guarico, enclavadas en un área de terreno de Treinta y Uno Metros cuadrados con cincuenta centímetros (31,50 mts27cm2) y alinderada así: NORTE: Bienhechurias de la Alcaldía Bolivariana de San José de Guaribe en siete metros con cincuenta centímetros (7, 50 mts) SUR: Calle 2 de INAVI, de san Jose de Guaribe en siete metros con cincuenta centímetros (7, 50 mts) ESTE: Terrenos Municipales en cuatros metros con veinte centímetros (4, 20 mts) y OESTE: Terrenos municipales en cuatro metros con veinte centímetros (4, 20 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 028/2018 de la Sindicatura Municipal del Municipio san Jose de Guaribe del Estado Guárico, de fecha 20-5-2018.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
EL JUEZ.
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Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES-
LA SECRETARIA.
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Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO
PRCR/LG/plho.
Solicitud Nº 2018-1645 Titulo Supletorio de Propiedad.
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