REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de abril de dos mil diecinueve (2019)
208º y 160º

Visto que en fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil diecinueve (2019), el abogado Edgar LÓPEZ (INPREABOGADO Nº 22.250), actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos LUÍS ORLANDO SEIJAS y ORLANDIX EMIGDIO SEIJAS GONZÁLEZ (Cédula de Identidad Nros V-3.640.568 y V-16.998.195), mediante diligencia solicitó medida cautelar innominada, contra “…actuaciones que esta ejecutando la parte demandada Alcaldía del Municipio Infante del Estado Guárico, quien ha estado ejecutando actos de disposición (arrendamientos) y dictando medidas sancionatorias y prohibitivas sobre el inmueble en litigio…”, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acuerda abrir el respectivo cuaderno separado, para lo cual, la parte demandante deberá proporcionar los fotostatos necesarios.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA


Exp. Nº JP41-G-2016-000043
RADZ/GCAE/ydsp